ESG

La nueva normativa en temas de ESG

El pasado 28 de Noviembre del 2022 la Unión Europea aprobó la nueva Directiva de Divulgación de Información Corporativa sobre Sostenibilidad, que a partir de ahora conoceremos por sus siglas en inglés CSRD (Corporate Sustainability Reporting Directive).

En 2018, el Parlamento solicitó una revisión de la anterior Directiva sobre Información no Financiera, conocida como NFRD (Non Financial Reporting Directive), al considerar que no era suficiente para promover una información coherente, fiable y representativa de la situación de las empresas en temas de sostenibilidad. Como respuesta a dicha demanda, la Comisión presentó en 2022 una propuesta que derivó en la CSRD recientemente aprobada.

 

¿Para qué sirve la CSRD?

La nueva Directiva pretende reforzar las obligaciones de las empresas de informar sobre el impacto de su actividad en el medioambiente y las personas, así como facilitar la disponibilidad de información de sostenibilidad a los inversores. La Directiva promueve que la información no financiera tiene el mismo valor e importancia que la información financiera, impulsa medidas que sean comparables y medibles, e incrementa la fiabilidad de la información combatiendo de esta forma el “greenwashing”.

La Directiva ha entrado en vigor a los 20 días de su publicación en el Diario Oficial de la UE, ahora los estados miembros cuentan con 18 meses para trasponer la Directiva a legislación local, con un calendario de entrada en vigor en tres etapas:

  • Las grandes empresas, que ya estaban sujetas a la NFRD, consideradas empresas de interés público con más de 500 empleados, deberán presentar la nueva información relativa al ejercicio 2024, durante 2025.
  • Las grandes empresas, que no estaban sujetas a la NFRD, y cumplan dos de tres de los siguientes parámetros: entre 250 y 500 empleados, ventas superiores a 40 millones de euros, activos superiores a 20 millones de euros, tendrán que presentar la información relativa al ejercicio 2025, durante 2026.
  • Finalmente, se fija el ejercicio 2026, a presentar durante 2027, para pymes cotizadas y otras pequeñas empresas.

Como podemos ver, el ámbito de aplicación se ha ampliado sustancialmente. Se estima que alrededor de 50.000 entidades se verán afectadas por esta nueva normativa dentro de la Unión Europea, frente a las 11.700 que lo estaban con la anterior NFRD. Se incluye también como novedad las empresas no establecidas en la UE, pero con un volumen significativo de actividad dentro de la UE, que se ha cifrado en más de 150 millones de euros.

 

Novedades de la CSRD

Veamos cuales son las principales novedades que nos aporta esta Directiva. La información que incluir se reportará en base a los nuevos estándares (ESRS – European Sustainability Reporting Standards) que emitirá el grupo consultivo en materia de información financiera de la UE. Actualmente se encuentran en fase de consulta y se organizan en base a tres grandes capítulos:

  • factores ambientales (economía circular, uso de recursos y adaptación al cambio climático)
  • social (medidas de igualdad, condiciones laborales, respeto a los derechos humanos)
  • gobernanza (sistemas internos de control, ética y cultura empresarial, gestión de riesgos)

Si bien en un comienzo serán comunes para todos los sectores, si está previsto que se especialicen sectorialmente en una segunda fase.

Se hace obligatorio contar con un proceso de certificación llevado a cabo por una auditoría independiente, para verificar su razonabilidad. Si bien es cierto que en una primera fase dicha verificación será “limitada”, la intención es convertirla en “razonable” en el medio plazo. Dicha información deberá incluirse en el Informe de gestión que acompaña a los estados financieros, y será identificada como “Información sobre sostenibilidad” y no como información no financiera.

Por último, deberá presentarse en formato digital para facilitar su acceso y comparabilidad por parte de inversores y público en general. La idea es establecer un sistema de ventanilla única, mediante una plataforma digital común.

Se trata de un avance significativo en materia de sostenibilidad, que se irá concretando poco a poco. Nos parece importante señalar que la emisión de unos estándares propios (ESRS) deberá alinearse con otros estándares a nivel global (ISSB, SEC), evolucionando hacia una homogeneización que permita contar con sistemas similares en cualquier país del mundo.

A nivel empresarial, esta evolución implica nuevos retos. Las empresas deberán contar con unos sistemas de control interno mucho más robustos, que garanticen toda la información que se desglose, implicará nuevas métricas, nuevas formas de medir y reportar, incluso nuevas formas de retribuir a sus empleados.  Confiamos que todo ello redunde en una mayor transparencia y conocimiento sobre los avances en materia de sostenibilidad, favoreciendo a los que realmente creen en la sostenibilidad y la incorporan en sus prioridades, ayudando a la toma de decisiones de los inversores y financiadores, y aupando la sostenibilidad al nivel de la información financiera.

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